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María presenta una solicitud de seguro de vida a la aseguradora "Vida Segura S.A.", cumpliendo con todos los requerimientos. La aseguradora no se pronuncia sobre la solicitud en el plazo establecido por la ley. ¿Cuál es la consecuencia jurídica de esta omisión?
a)La solicitud de seguro se entenderá aceptada a favor de María, perfeccionándose el contrato de seguro.
b)La solicitud de seguro se considerará rechazada tácitamente, debiendo María presentar una nueva solicitud.
c)La aseguradora tendrá un plazo adicional de quince días hábiles para pronunciarse, debido a la complejidad del seguro de vida.
d)María podrá demandar a la aseguradora por daños y perjuicios, pero el contrato de seguro no se perfeccionará.
