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Juan, un funcionario público del Ministerio de Hacienda, decide emprender un negocio de venta de artesanías en su tiempo libre, realizando compras y ventas de forma habitual y en nombre propio. ¿Podría Juan ser considerado comerciante según el Código de Comercio?
a)Sí, porque ejerce actos de comercio de forma habitual y en nombre propio, lo que lo califica como comerciante.
b)Sí, siempre que obtenga una autorización especial de su superior jerárquico en el Ministerio de Hacienda.
c)No, porque los funcionarios públicos tienen prohibido ejercer el comercio si la ley así lo establece.
d)No, a menos que su negocio se constituya como una empresa individual de responsabilidad limitada.
