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María, una abogada con capacidad jurídica, decide abrir una tienda de ropa en línea, comprando y vendiendo productos de forma habitual con el fin de obtener ganancias. Según el Código de Comercio, ¿cómo se clasifica María en relación con esta actividad?
a)Como comerciante, por ejercer en nombre propio actos de comercio de forma habitual.
b)Como no comerciante, ya que su profesión principal es la abogacía.
c)Como empresa individual de responsabilidad limitada, por la naturaleza de su negocio en línea.
d)Como comerciante ocasional, porque su actividad principal no es el comercio.
