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María, trabajadora de una empresa de servicios, firma un documento en el que renuncia expresamente a su derecho a recibir el pago de horas extras, a cambio de un bono anual. ¿Cuál es la validez legal de esta renuncia según el Código de Trabajo?
a)Es absolutamente nula y se tendrá por no puesta, al ser una disposición que la favorece.
b)Es válida si María la firmó de forma voluntaria y consciente, sin coacción alguna.
c)Es anulable si María demuestra que fue inducida a error o que no comprendió sus implicaciones.
d)Es válida únicamente si la renuncia es aprobada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
