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María, de nacionalidad costarricense, y John, de nacionalidad estadounidense, contrajeron matrimonio en Las Vegas, Nevada. Después de cinco años de convivencia en Costa Rica, deciden divorciarse. María busca determinar la ley aplicable a los efectos económicos de su matrimonio, excluyendo las obligaciones alimentarias. ¿Qué derecho regirá las pretensiones relacionadas con los efectos económicos del matrimonio de María y John, según el Código de Familia?
a)El derecho del último domicilio conyugal de María y John.
b)El derecho del lugar de celebración del matrimonio en Las Vegas.
c)El derecho de la nacionalidad de María, al ser costarricense.
d)El derecho de la última residencia habitual común de la pareja.
