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María y Juan están casados. María se dedica exclusivamente al cuidado de sus hijos y al trabajo doméstico no remunerado, mientras Juan trabaja fuera del hogar. Juan argumenta que María no contribuye económicamente al sostenimiento de la familia. Según el Código de Familia, ¿cómo debe considerarse la labor de María en esta situación?
a)Su trabajo doméstico no remunerado debe estimarse como su contribución económica al sostenimiento del hogar.
b)Su labor no tiene valor económico directo y no se considera contribución al sostenimiento familiar.
c)Solo se considerará contribución económica si Juan lo acepta expresamente en un acuerdo conyugal.
d)Su contribución se limita a la responsabilidad parental, sin implicaciones económicas directas para el hogar.
