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Carlos y Ana son socios en una empresa de consultoría financiera. Carlos decide, sin informar a Ana, invertir como socio en otra compañía que ofrece servicios de consultoría de inversiones, análogos a los de su sociedad actual. Ante esta situación, ¿qué acción puede tomar la sociedad?
a)La sociedad podrá excluir a Carlos, o bien tomar por su cuenta el negocio o exigirle la ganancia obtenida, sin perjuicio de indemnización.
b)La sociedad solo podrá exigir a Carlos la indemnización por los daños causados, sin posibilidad de exclusión o toma del negocio.
c)La sociedad deberá obtener el consentimiento de Carlos para tomar por su cuenta el negocio o exigirle la ganancia obtenida.
d)La sociedad no podrá tomar ninguna acción si el negocio de Carlos era de conocimiento público antes de la constitución de la sociedad.
