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Juan, un abogado, decide abrir una pequeña tienda de café artesanal como negocio secundario, gestionándola él mismo y convirtiéndola en su ocupación habitual. ¿Bajo qué condición Juan sería considerado comerciante según el Código de Comercio?
a)Si ejerce actos de comercio en nombre propio, haciendo de ello su ocupación habitual.
b)Si su empresa individual de responsabilidad limitada se dedica a la venta de café.
c)Si la sociedad que constituye para el negocio de café cumple con las disposiciones del Código.
d)Si es un funcionario público y la ley le prohíbe el ejercicio del comercio.
