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La empresa "Innovaciones Tecnológicas S.A." ha sido declarada en concurso y se encuentra en fase de liquidación. El liquidador concursal, para maximizar el provecho económico de la masa de acreedores, decide enajenar un grupo de activos que no pudieron venderse como parte de la empresa unitaria. ¿Qué modalidades de venta puede emplear el liquidador sin requerir previa autorización del tribunal?
a)Únicamente la subasta pública, si así lo dispone el liquidador.
b)La venta directa o la subasta pública, según lo disponga el liquidador.
c)Solo la venta directa, con la aprobación posterior del tribunal.
d)Cualquier modalidad de venta, siempre que sea aprobada por el juez del concurso.
