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En un proceso agrario, el juez Pedro debe dictar una resolución escrita que resuelve una cuestión incidental planteada por las partes, pero que no pone fin al proceso. Según el Código Procesal Agrario, ¿cómo se denomina esta resolución y cuál es el plazo para dictarla?
a)Se denomina providencia y debe dictarse en el plazo de cinco días.
b)Se denomina auto y debe dictarse en el plazo de cinco días.
c)Se denomina sentencia y debe dictarse en el plazo de tres días.
d)Se denomina providencia y debe dictarse en el plazo de tres días.
