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María, de 15 años, desea iniciar un proceso de reconocimiento de paternidad. Sus padres no están de acuerdo con su decisión. ¿Cómo debe actuar María en el proceso según el Código Procesal de Familia?
a)Puede ejercer personalmente y de forma plena su capacidad procesal, sin perjuicio de que sus padres actúen en su nombre.
b)Debe ser representada por sus padres, ya que aún no ha alcanzado la mayoría de edad legal para actuar por sí misma.
c)Necesita que el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) le asigne un representante provisional para el proceso.
d)Requiere un informe psicológico del Poder Judicial que acredite su capacidad para ejercer la acción.
