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La empresa "Global Trade S.A." presenta una demanda monitoria dineraria en un juzgado costarricense, adjuntando cuatro letras de cambio redactadas en inglés. Para cumplir con el requisito legal, la empresa incluye traducciones libres de estos documentos, realizadas por un traductor no oficial. El juzgado rechaza la demanda de plano, argumentando que las traducciones deben ser oficiales. ¿Cómo debe proceder el juzgado según la jurisprudencia del Tribunal Primero de Apelación Civil?
a)El juzgado debe rechazar la demanda de plano, ya que las traducciones no son oficiales.
b)El juzgado debe darle curso a la demanda, pues las traducciones privadas son válidas inicialmente.
c)El juzgado debe solicitar una traducción oficial de inmediato, sin dar curso a la demanda.
d)El juzgado debe archivar la demanda, al no cumplir con el requisito de traducción oficial.
