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La empresa Constructora del Sol S.A. tiene un contrato de obra pública con la Municipalidad de San Isidro. Debido a una nueva política municipal de desarrollo urbano, la Municipalidad decide alterar unilateralmente el contrato, lo que genera perjuicios a la constructora. ¿Qué responsabilidad asume la Municipalidad en este caso?
a)La Municipalidad será responsable por los daños y perjuicios causados a la constructora.
b)La Municipalidad no asume responsabilidad, ya que prevalece el interés público sobre el privado.
c)La responsabilidad de la Municipalidad se limita a la indemnización por lucro cesante.
d)La Municipalidad solo será responsable si la alteración no fue por urgente necesidad.
