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Juan, un menor de 16 años, ha sido objeto de depósito judicial debido a ejemplos corruptores por parte de sus padres, quienes ejercen la patria potestad. Una vez constituido el depósito de Juan, ¿qué acción debe tomar el juez respecto a su representación legal, según el Código Procesal Civil?
a)Entregar a los padres una certificación para que defiendan los intereses de Juan.
b)Nombrar un curador a Juan, quien recibirá certificación para su defensa.
c)Designar un agente tutelar para que asuma la guarda y custodia del menor.
d)Solicitar al Patronato Nacional de la Infancia que asuma la representación.
