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El Juez Penal, ante la complejidad de un caso de crimen organizado, considera delegar la escucha material de las comunicaciones interceptadas a un analista criminal especializado. ¿Es constitucionalmente válida esta delegación según la jurisprudencia más reciente de la Sala Constitucional?
a)No, porque la escucha material es una responsabilidad indelegable del juez.
b)Sí, siempre que el analista sea un funcionario judicial y no policial.
c)Sí, porque lo indelegable es la responsabilidad del juez, no la escucha material.
d)No, porque la delegación solo es posible para actos técnicos, no para la escucha.
