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Una municipalidad ha contratado con la empresa "Servicios Urbanos S.A." para la recolección de basura por cinco años. Debido a un cambio en la normativa ambiental y una creciente necesidad social de reciclaje, la municipalidad decide modificar unilateralmente el contrato para incluir la separación de residuos, lo que implica costos adicionales para la empresa. Si la municipalidad invoca razones de urgente necesidad para alterar el contrato, ¿cuál es la consecuencia jurídica principal para el ente público según la Ley General de la Administración Pública?
a)La municipalidad no será responsable, pues prevalece el interés público sobre los derechos adquiridos.
b)La municipalidad deberá indemnizar a "Servicios Urbanos S.A." por los daños y perjuicios causados.
c)El contrato se considerará nulo de pleno derecho por alteración unilateral de sus términos esenciales.
d)La municipalidad solo podrá suspender temporalmente el contrato, sin modificar sus cláusulas.
