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Según la Ley General de la Administración Pública, un acto administrativo se clasifica como externo cuando:
a)Va destinado a un sujeto identificado.
b)Va destinado al administrado.
c)Es de alcance general.
d)Es de carácter interno.
Examen público de 40 preguntas del Examen de Excelencia Colegio de Abogado 2026 enfocado en Elementos del acto administrativo (formales y sustanciales) en Derecho Administrativo costarricense.