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La empresa Constructora del Sol S.A. ha recibido una orden de demolición de una estructura por parte de la Municipalidad de San Isidro. La empresa considera que el acto es anulable y se niega a cumplirlo. ¿Puede la Municipalidad ejecutar esta orden por sí misma, sin recurrir a los Tribunales?
a)Sí, la Administración tiene potestad de ejecutar actos válidos o anulables, aún contra la voluntad del obligado.
b)No, la Administración debe siempre recurrir a los Tribunales para ejecutar actos que el administrado se niega a cumplir.
c)Sí, pero solo si el acto administrativo ha sido declarado absolutamente válido por un órgano superior.
d)No, la ejecución administrativa solo procede para actos que conceden únicamente derechos al administrado.
