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La Municipalidad de San Isidro ha firmado un contrato de arrendamiento por 10 años para un edificio que utiliza como centro cultural. A los 3 años, debido a una emergencia por un terremoto, la Municipalidad necesita el edificio para albergar temporalmente a los damnificados, lo que implica alterar el contrato de arrendamiento.
a)La Municipalidad no será responsable por los daños y perjuicios causados, dada la urgente necesidad.
b)La Municipalidad deberá indemnizar por los daños y perjuicios causados por la alteración del contrato.
c)La Municipalidad solo será responsable si la alteración del contrato es permanente y no temporal.
d)La Municipalidad podrá alterar el contrato sin responsabilidad, si obtiene una autorización judicial previa.
