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Juan es detenido y se le informa de su derecho a un defensor. Él decide no nombrar uno. ¿Qué sucede con su derecho a la defensa técnica, según el Código Procesal Penal?
a)El proceso continuará sin defensor, pues su decisión de no nombrar uno es válida.
b)Se le asignará un defensor público, ya que el derecho de defensa es irrenunciable.
c)Pierde su derecho a la defensa técnica por no haber elegido un defensor de su confianza.
d)Se le dará un plazo adicional para que nombre un defensor privado antes de asignar uno público.
