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Según la Ley Adicional al Código de Procedimientos Civiles de 1864, el concepto de "cuerpo del delito" se refiere a:
a)La evidencia física recolectada en la escena del crimen.
b)El mismo hecho criminal o punible por las leyes.
c)La persona que ha cometido el acto ilícito.
d)El conjunto de pruebas que demuestran la culpabilidad.
