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Carlos es víctima de un delito de usurpación de su propiedad. Antes de que Carlos pueda formalizar la denuncia requerida para la instancia privada, el Ministerio Público tiene conocimiento de los hechos y observa que los ocupantes ilegales están destruyendo evidencia crucial. ¿Qué acciones puede realizar el Ministerio Público en este caso, antes de que se formule la instancia privada?
a)Realizar actos urgentes para impedir que el hecho continúe o para conservar elementos de prueba.
b)Ejercer directamente la acción penal, ya que la destrucción de prueba es un delito grave.
c)Abstenerse de cualquier actuación, pues la instancia privada es un requisito ineludible.
d)Solicitar al juez que ordene la detención de los ocupantes, sin realizar actos de investigación.
