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La Ley de Justicia Penal Juvenil establece una diferenciación en grupos etarios para la aplicación de sus procesos, sanciones y ejecución. Estos grupos se definen:
a)A partir de los diez años de edad y hasta los catorce años, y de los catorce hasta los dieciocho.
b)A partir de los doce años de edad y hasta los quince años, y de los quince hasta los dieciocho.
c)Desde los catorce años de edad y hasta los dieciséis años, y de los dieciséis hasta los dieciocho.
d)Desde los once años de edad y hasta los catorce años, y de los catorce hasta los diecisiete.
