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La empresa "Crecimiento S.A." ha tenido utilidades netas en su ejercicio anual. La escritura social no establece reservas adicionales a la legal. ¿Qué porcentaje de las utilidades netas debe destinarse anualmente para la formación del fondo de reserva legal y cuándo cesa esta obligación?
a)Un diez por ciento (10%), cesando cuando el fondo alcance el quince por ciento (15%) del capital social.
b)Un cinco por ciento (5%), cesando cuando el fondo alcance el veinte por ciento (20%) del capital social.
c)Un quince por ciento (15%), cesando cuando el fondo alcance el veinticinco por ciento (25%) del capital social.
d)Un veinte por ciento (20%), cesando cuando el fondo alcance el treinta por ciento (30%) del capital social.
