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La empresa "GlobalTech S.A.", una sociedad extranjera con una sucursal inscrita en Costa Rica, celebra un contrato de servicios tecnológicos con "Innovaciones CR Ltda." en San José. Surge una disputa contractual. ¿Cuál tribunal costarricense es competente para conocer de la pretensión de "Innovaciones CR Ltda." contra "GlobalTech S.A."?
a)Los tribunales costarricenses son competentes si la obligación contractual debe cumplirse en Costa Rica.
b)Los tribunales costarricenses son competentes si el negocio jurídico se celebró en el territorio nacional.
c)Los tribunales costarricenses son competentes si las partes lo establecieron contractualmente.
d)Los tribunales costarricenses son competentes por la presunción de domicilio de la sociedad extranjera.
