Examen de Excelencia Colegio de Abogado 2026: Código de Comercio - Letra de cambio: definición y requisitos cartulares

Examen público de 40 preguntas del Examen de Excelencia Colegio de Abogado 2026 enfocado en Letra de cambio: definición y requisitos cartulares en Derecho Comercial costarricense.

40 preguntasEstandar
Derecho ComercialTema específicoLetra de cambio: definición y requisitos cartulares

Preguntas

1

Ana recibe una letra de cambio de parte de Pedro, pero al revisarla, nota que no se ha indicado la fecha de vencimiento. Según el Código de Comercio, ¿cómo se considerará esta letra de cambio en cuanto a su vencimiento?

a)Será nula por carecer de un requisito esencial.
b)Se considerará pagadera a la vista.
c)Deberá ser completada por el tenedor para ser válida.
d)El librador deberá indicar el vencimiento posteriormente.
2

La empresa "Comercio S.A." emite una letra de cambio a favor de "Inversiones Ltda.". En el documento, no se especifica un lugar especial para el pago, pero junto al nombre del librado se designa "San José". ¿Dónde se considerará que debe efectuarse el pago de esta letra de cambio, a falta de indicación especial?

a)En el domicilio del librador, por ser quien la emite.
b)En cualquier sucursal bancaria del país, a elección del tenedor.
c)En el lugar designado junto al nombre del librado.
d)En el domicilio del tenedor, para facilitar su cobro.
3

Juan redacta una letra de cambio para pagar una deuda a Sofía. En el documento, Juan omite indicar el lugar de emisión de la letra, pero junto a su nombre como librador, aparece "Cartago". ¿Dónde se considerará librada esta letra de cambio, a falta de indicación del lugar de emisión?

a)En el domicilio del librado, por ser el lugar de pago.
b)En el lugar donde se realice el pago efectivo de la letra.
c)En el domicilio del tenedor, para su mayor seguridad.
d)En el lugar designado junto al nombre del librador.
4

Una letra de cambio, según el Código de Comercio, podrá girarse de varias maneras. ¿Cuál de las siguientes opciones es una forma válida de girar una letra de cambio?

a)A la orden del propio librador, como beneficiario.
b)Solamente a la orden de un tercero ajeno al librador.
c)Exclusivamente contra el librado, sin otras opciones.
d)Siempre por cuenta del beneficiario, sin excepción.
5

La empresa "Global S.A." emite una letra de cambio donde se estipula que el pago se realizará en el domicilio de "Servicios Financieros Ltda.", una entidad ubicada en una localidad diferente a la del librado. ¿Es válida esta estipulación sobre el lugar de pago de la letra de cambio?

a)No, el pago debe efectuarse siempre en el domicilio del librado.
b)Sí, puede ser pagadera en el domicilio de un tercero.
c)No, solo si el tercero tiene su domicilio en la misma localidad.
d)Sí, pero requiere la autorización expresa del librado.
6

Don Ricardo emite una letra de cambio a favor de Doña Elena por ₡500.000. En el documento, se incluye una cláusula que estipula el pago de intereses, pero no se especifica el tipo de interés aplicable. ¿Qué efecto tiene la cláusula de intereses en esta letra de cambio, según el Código de Comercio?

a)Los intereses se aplicarán a la tasa legal vigente al momento del pago.
b)La letra de cambio será nula por la falta de un requisito esencial de validez.
c)La cláusula de intereses no tendrá valor alguno en el documento.
d)Los intereses correrán a partir de la fecha de emisión, sin tipo específico.
7

Una letra de cambio es firmada por tres personas: Pedro, quien es legalmente incapaz; María, cuya firma resulta ser falsa; y Juan, quien es un firmante válido. ¿Qué efecto tienen las firmas de Pedro y María sobre la obligación de Juan en la letra de cambio?

a)La letra de cambio se anula completamente por las firmas inválidas.
b)La obligación de Juan también se invalida debido a la nulidad parcial.
c)La letra de cambio solo es válida para Pedro y María, si se subsanan sus firmas.
d)Las obligaciones de Juan no dejarán por eso de ser válidas.
8

La empresa "Tecno S.A." emite una letra de cambio a favor de "Insumos Ltda." sin incluir la expresión "a la orden". "Insumos Ltda." desea transferir la letra a un tercero. ¿Cómo podrá "Insumos Ltda." transmitir esta letra de cambio a un tercero?

a)Será trasmisible por endoso, aunque no esté expresamente librada a la orden.
b)No será trasmisible, ya que no contiene la cláusula "a la orden".
c)Solo podrá transmitirse mediante una cesión ordinaria de créditos.
d)Requerirá la autorización expresa del librador para ser endosada.
9

Un librador emite una letra de cambio y, para restringir su circulación, escribe en el documento la expresión "no a la orden". El tenedor de la letra desea transferirla a otra persona. ¿Cómo se transmitirá este título valor que contiene la expresión "no a la orden"?

a)Será trasmisible por endoso, pero con efectos limitados.
b)Se transmitirá solo como una cesión ordinaria.
c)Será nula por la restricción impuesta por el librador.
d)Podrá endosarse libremente, ya que la restricción es ineficaz.
10

María recibe una letra de cambio con un endoso en blanco. Ella necesita transferir la letra a su socio, Pedro, pero no desea llenar el endoso con su nombre. ¿Qué acción puede realizar María para transferir la letra a Pedro, según el Código de Comercio?

a)Debe llenar el endoso en blanco con su nombre antes de transferirla.
b)Debe endosar nuevamente la letra a Pedro, llenando el blanco.
c)Puede entregar la letra a Pedro, sin llenar el blanco y sin endosarla.
d)Debe solicitar al librador que emita una nueva letra a nombre de Pedro.
11

La empresa "Constructora del Sol S.A." es librada de una letra de cambio por un monto de ₡10.000.000. Al momento de aceptar, su representante legal, Don Fernando, decide limitar la aceptación a ₡7.000.000, indicándolo claramente en el documento. ¿Qué efecto jurídico tiene la limitación de la aceptación realizada por Don Fernando en nombre de "Constructora del Sol S.A."?

a)La limitación a una parte de la cantidad equivale a una negativa de aceptación total de la letra.
b)La aceptación es válida por la cantidad limitada, y el aceptante queda obligado por ese monto.
c)La aceptación es nula, ya que debe ser pura y simple sin ninguna modificación de la cantidad.
d)La limitación convierte la letra en un nuevo título valor, desvinculando al librador original.
12

Don José, librado de una letra de cambio, estampó su aceptación en el documento. Sin embargo, antes de devolver la letra al portador, tachó su firma de aceptación. Posteriormente, el portador alega que Don José había aceptado la letra. ¿Cómo se considera la acción de Don José de tachar su aceptación antes de devolver la letra, y qué presunción legal opera en este caso?

a)La tachadura es irrelevante, pues la aceptación ya se había perfeccionado al firmar la letra.
b)Se considera que ha negado la aceptación, pero la prueba de la tachadura recae en el portador.
c)La aceptación es válida, a menos que Don José demuestre que la tachadura fue posterior a la devolución.
d)Se considera que ha negado la aceptación, y la tachadura se presume hecha antes de la devolución.
13

La empresa "Logística Rápida S.A." necesita garantizar el pago de una letra de cambio que ha emitido. Para ello, su gerente, la Sra. Laura, decide que la propia empresa, como firmante de la letra, preste un aval. ¿Es válido que "Logística Rápida S.A.", como firmante de la letra, preste un aval para garantizar el pago de la misma?

a)Sí, el aval puede ser prestado por un firmante de la letra o por un tercero.
b)No, el aval solo puede ser prestado por un tercero ajeno a la letra de cambio.
c)Sí, pero únicamente si el aval es parcial y no cubre la totalidad de la obligación.
d)No, el librador no puede ser avalista de su propia letra de cambio.
14

Don Pedro desea avalar una letra de cambio a favor de su amigo Juan. Para ello, simplemente estampa su firma en el anverso de la letra, sin añadir ninguna otra indicación. Don Pedro no es el librado, el librador ni el tenedor de la letra. ¿Cómo se considera la simple firma de Don Pedro en el anverso de la letra y a favor de quién se entenderá dado el aval, a falta de indicación expresa?

a)La firma no es válida como aval, pues requiere la expresión "por aval" y la indicación del beneficiario.
b)La simple firma en el anverso vale como aval, y se entenderá dado en favor del librador.
c)La firma es válida como aval, pero se entenderá dado en favor del tenedor de la letra.
d)La firma es válida como aval, pero se entenderá dado en favor del librado de la letra.
15

La empresa "Comercializadora del Este S.A." avaló una letra de cambio emitida por "Distribuidora del Oeste Ltda.". Posteriormente, se descubre que la obligación principal de "Distribuidora del Oeste Ltda." era nula debido a un error en la capacidad del librador, no por un vicio de forma. A pesar de esto, "Comercializadora del Este S.A." pagó la letra. ¿Qué sucede con la validez del compromiso del avalista y qué derechos adquiere "Comercializadora del Este S.A." al pagar la letra?

a)El compromiso del avalista es nulo por el error en la capacidad, y no adquiere derechos al pagar.
b)El compromiso del avalista es válido, pero solo adquiere derechos contra la persona garantizada.
c)El compromiso del avalista es válido, y adquiere derechos contra la persona garantizada y sus responsables.
d)El compromiso del avalista es nulo, pero adquiere derechos contra el librador por el pago realizado.
16

Según el Código de Comercio, ¿cuál de las siguientes opciones es una forma válida para establecer el vencimiento de una letra de cambio?

a)A plazo cierto desde su emisión, con posibilidad de prórroga.
b)A vencimientos sucesivos, según lo acuerden las partes.
c)A plazo cierto desde la presentación, con un límite de un año.
d)A fecha fija, sin posibilidad de modificación posterior.
17

La empresa "Tecno S.A." es tenedora de una letra de cambio pagadera "a la vista", emitida el 15 de enero de 2023. El librador no ha dispuesto ninguna fecha específica para su presentación al pago. ¿Cuál es el plazo máximo dentro del cual "Tecno S.A." debe presentar esta letra de cambio para su pago?

a)Dentro de un año contado desde la fecha de emisión de la letra.
b)Dentro de seis meses contados desde la fecha de emisión de la letra.
c)En cualquier momento, ya que es pagadera a la vista y no tiene plazo fijo.
d)Dentro de un año contado desde la fecha de presentación para aceptación.
18

Una letra de cambio fue librada "a plazo cierto desde la vista". Fue presentada para aceptación, pero la aceptación no lleva fecha. No se levantó protesto por esta omisión. El plazo señalado para la presentación de la letra para su aceptación era de 6 meses. ¿Cómo se determinará el vencimiento de esta letra de cambio, respecto del aceptante, a falta de fecha en la aceptación y de protesto?

a)Por la fecha de emisión de la letra, ya que la aceptación sin fecha es inválida.
b)Por la fecha en que el portador la presente para su pago, al no haber fecha de aceptación.
c)Por la fecha en que se levantó el protesto, que es el único medio para subsanar la omisión.
d)Por el último día del plazo señalado para la presentación de la misma para su aceptación.
19

Una letra de cambio fue librada "a dos meses y medio a contar de su fecha", siendo la fecha de emisión el 15 de enero. ¿Cuándo vencerá esta letra de cambio, considerando la forma de cálculo establecida en el Código de Comercio?

a)El 15 de marzo, ya que se cuentan los meses enteros y luego el medio mes.
b)El 30 de marzo, al sumar los dos meses y luego los quince días efectivos.
c)El 30 de marzo, contando primero los meses enteros y luego los quince días.
d)El 1 de abril, al considerar el medio mes como el último día del mes siguiente.
20

La Sra. Elena es tenedora de una letra de cambio pagadera a fecha fija. Llegado el día de vencimiento, la Sra. Elena, por descuido, no presenta la letra para su pago. ¿Qué consecuencia jurídica inmediata tiene la inobservancia de la obligación de presentar la letra para su pago por parte de la Sra. Elena?

a)La letra de cambio se considera nula y pierde todo su valor legal.
b)La Sra. Elena pierde el derecho a reclamar el pago de la letra.
c)La Sra. Elena solo podrá reclamar el pago si demuestra fuerza mayor.
d)La inobservancia solo podrá dar lugar al reclamo de daños y perjuicios.
21

Don Ricardo, librado de una letra de cambio, se dispone a realizar un pago parcial al portador, la Sra. Sofía. Don Ricardo exige que se le entregue la letra con el "recibí" y que se haga constar el pago parcial en el documento. ¿Puede la Sra. Sofía, como portadora, rechazar el pago parcial y la exigencia de Don Ricardo de hacer constar dicho pago en la letra?

a)No, la portadora no podrá rechazar el pago parcial ni la exigencia de hacerlo constar en la letra.
b)Sí, la portadora puede rechazar el pago parcial, pero no la exigencia de hacer constar el pago.
c)Sí, la portadora puede rechazar ambas exigencias, ya que el pago debe ser total.
d)No, pero solo si el pago parcial cubre al menos la mitad del monto total de la letra.
22

La empresa "Inversiones del Norte S.A." es librada de una letra de cambio que debe presentarse para su aceptación en un plazo fijado por estipulación especial. El representante de la empresa, Don Miguel, acepta la letra pero omite poner la fecha en la aceptación. El portador no exige que se ponga la fecha de presentación. ¿Qué debe hacer el portador para conservar sus derechos a recurrir contra los endosantes y contra el librador?

a)Debe solicitar al librado que subsane la omisión de la fecha en un plazo de tres días hábiles.
b)Debe levantar un protesto en tiempo hábil para hacer constar la omisión de la fecha.
c)Debe presentar la letra para su pago inmediatamente, ya que la aceptación sin fecha es inválida.
d)Debe notificar por escrito a los endosantes y al librador sobre la omisión de la fecha.
23

La empresa "Comercializadora del Sur S.A." es librada de una letra de cambio. Al vencimiento, su representante legal, la Sra. Laura, procede a pagar el importe.

a)Comprobar la autenticidad de la firma de todos los endosantes.
b)Verificar la regularidad de la serie de los endosos.
c)Asegurarse de que el tenedor no haya incurrido en dolo o culpa grave.
d)Exigir que el tenedor le entregue la letra con el "recibí" del portador.
24

Don Pedro realiza un pago por intervención de una letra de cambio. Al registrar este pago en el documento, omite indicar a favor de quién se ha efectuado.

a)A favor del librador de la letra de cambio.
b)A favor del último endosante de la letra de cambio.
c)A favor del tenedor que recibió el pago por intervención.
d)A favor del primer firmante de la letra de cambio.
25

La empresa "Solidaria S.A." realiza un pago por intervención de una letra de cambio para liberar a uno de los endosantes.

a)Puede endosar la letra de nuevo para recuperar el importe pagado.
b)Adquiere los derechos contra la persona por quien pagó y sus responsables.
c)Libera a todos los obligados anteriores al endosante por quien pagó.
d)Adquiere los derechos de la letra contra el librador y el aceptante.
26

La notaria Sofía debe levantar un protesto por falta de pago de una letra de cambio en el domicilio del librado. Llega a las 18:00 horas, fuera del horario establecido, y el librado no consiente expresamente que se realice la diligencia a esa hora.

a)El protesto es válido, pero la notaria podría ser sancionada disciplinariamente.
b)El protesto se considera inválido por no cumplir con el requisito de horario.
c)El protesto es válido si se hace constar la hora en el acta notarial.
d)La diligencia debe repetirse al día siguiente en el horario establecido.
27

Según el Código de Comercio, ¿quién está facultado para subsanar los errores, omisiones u otros defectos del acta de protesto?

a)El notario que la hubiere redactado.
b)El juez competente que conozca del caso.
c)El tenedor de la letra de cambio.
d)La autoridad administrativa que intervino.
28

La empresa "Inversiones Futuras S.A." es tenedora de una letra de cambio que vence en tres meses. Debido a la falta de aceptación por parte del librado, "Inversiones Futuras S.A." decide ejercer su acción cambiaria antes del vencimiento. El importe de la letra es de ₡1.000.000.

a)Los intereses legales a partir de la fecha de vencimiento.
b)Un descuento correspondiente al tipo del 6% anual.
c)Los gastos de protesto y de las notificaciones.
d)El importe de los intereses estipulados en la letra.
29

Don Fernando, un endosante de una letra de cambio, ha reembolsado el importe al tenedor. Ahora desea reclamar a las personas que lo garantizan.

a)El importe no aceptado o no pagado de la letra de cambio.
b)La cantidad íntegra que haya pagado, más intereses legales desde el pago.
c)Un descuento del 6% anual sobre el importe total de la letra.
d)Los gastos de protesto y de las notificaciones, pero no los intereses.
30

La empresa "Logística Express S.A." debe realizar un acto relacionado con una letra de cambio, cuyo plazo vence el sábado 20 de mayo. El lunes 22 de mayo es feriado.

a)El sábado 20 de mayo, ya que los plazos no se prorrogan por días inhábiles.
b)El lunes 22 de mayo, por ser el primer día hábil siguiente al vencimiento.
c)El martes 23 de mayo, por ser el primer día hábil después del feriado.
d)El viernes 19 de mayo, anticipando el vencimiento por ser inhábil.
31

El Ministerio de Hacienda envía una solicitud al Banco Central de Costa Rica (BCCR) para obtener información financiera de la empresa "Comercio Global S.A." para un plan de gestión de riesgo. La solicitud incluye la dependencia requirente, el número de caso, la fecha y la firma del funcionario acreditado, pero omite detallar la información requerida y el supuesto específico del artículo 9.a.

a)Procesar la solicitud, ya que la mayoría de los requisitos esenciales están presentes.
b)Solicitar al Ministerio de Hacienda que complete los requisitos faltantes antes de procesarla.
c)Rechazar de oficio la solicitud, advirtiendo cuáles requisitos no se están cumpliendo.
d)Remitir la solicitud a la Dirección General de Tributación para su validación.
32

La empresa "Comercio Internacional S.A." es tenedora de una letra de cambio cuyas acciones prescriben. La fecha de vencimiento de la letra fue el 15 de enero de 2020.

a)Las acciones prescriben a los tres años, a contar de la fecha del vencimiento.
b)Las acciones prescriben a los cinco años, a contar de la fecha de emisión.
c)Las acciones prescriben a los cuatro años, a contar de la fecha del vencimiento.
d)Las acciones prescriben a los dos años, a contar de la fecha de aceptación.
33

Don Roberto, librador de una letra de cambio, ha sido demandado por el tenedor. Don Roberto realiza un acto que interrumpe la prescripción de la acción cambiaria. Sin embargo, el tenedor también desea demandar a la Sra. Ana, una endosante de la misma letra, quien no fue parte del acto interruptor.

a)La interrupción de la prescripción surte efecto contra todos los obligados solidarios.
b)La interrupción de la prescripción solo surte efecto contra Don Roberto.
c)La interrupción de la prescripción beneficia a todos los obligados, incluyendo a la Sra. Ana.
d)La interrupción de la prescripción debe notificarse a cada obligado para que surta efecto.
34

La empresa "Digital Payments S.A." está desarrollando un nuevo sistema para la emisión de títulos valores que, desde su origen, no tendrán una forma física, sino que existirán únicamente dentro de su plataforma tecnológica, siendo perceptibles solo a través de medios electrónicos. ¿Qué concepto describe el proceso mediante el cual los títulos valores surgen a la vida jurídica sin presencia física, siendo perceptibles solo por el sistema electrónico?

a)Electronificación, que es el proceso donde los títulos valores surgen ausentes de presencia física.
b)Desmaterialización, que transforma un título físico en electrónico mediante anotación en cuenta.
c)Anotación en cuenta, que es el registro contable de los títulos electrónicos en Registros Centralizados.
d)Documento electrónico, que es cualquier manifestación representativa o declarativa por medio informático.
35

Don Carlos posee un pagaré en formato físico que desea convertir en un título valor electrónico para facilitar su gestión y circulación. Para ello, acude a un Registro Centralizado autorizado. ¿Qué proceso describe la transformación de un título valor emitido en formato físico a un título valor electrónico mediante la anotación de cuenta, previo cumplimiento de formalidades?

a)Electronificación, que permite que los títulos valores surjan a la vida jurídica sin presencia física.
b)Desmaterialización, que convierte un título físico en electrónico mediante la anotación de cuenta.
c)Anotación en cuenta, que es el registro contable de los títulos electrónicos en Registros Centralizados.
d)Digitalización, que es la conversión de documentos físicos a un formato digital sin cambiar su naturaleza.
36

El Registro Centralizado "Global Data S.A." ha sido descubierto realizando actividades de inversión en bienes raíces, lo cual no está contemplado en su objeto legal o reglamentariamente autorizado como Registro Centralizado. ¿Qué tipo de infracción ha cometido "Global Data S.A." al realizar actividades ajenas a su objeto legal o reglamentariamente autorizado?

a)Una infracción leve, sancionable con amonestación privada o multa de uno a veinte salarios base.
b)Una infracción grave, sancionable con multa de cinco veces el beneficio patrimonial o revocación.
c)Una infracción administrativa menor, que solo requiere una advertencia por parte de Sugeval.
d)Una infracción de carácter civil, que no conlleva sanciones específicas bajo esta ley.
37

Un juez debe resolver un caso que involucra una letra de cambio electrónica, donde existe una aparente contradicción entre una disposición de la Ley 10069 y una norma del Código de Comercio que regula las letras de cambio en general. ¿Cómo debe interpretar el juez la Ley 10069 en relación con las regulaciones del Código de Comercio, en caso de contradicción?

a)La Ley 10069 debe prevalecer sobre las disposiciones del Código de Comercio.
b)Las disposiciones del Código de Comercio prevalecen por ser la normativa general.
c)Se aplicará la norma más favorable al deudor, según los principios generales del derecho.
d)Se debe buscar una interpretación armónica, sin que una prevalezca sobre la otra.
38

La Asamblea Legislativa de Costa Rica ha promulgado la Ley 10069. ¿Cuál es el objeto principal de la Ley sobre letra de cambio y pagaré electrónicos?

a)Regular la emisión y circulación de títulos valores en formato físico en el país.
b)Establecer un nuevo Código de Comercio para todos los títulos valores.
c)Regular la desmaterialización y electronificación de la letra de cambio y pagaré.
d)Definir los principios generales de los documentos electrónicos en Costa Rica.
39

Un abogado está analizando la aplicabilidad de la Ley 10069 para un cliente que posee diversos títulos valores. ¿A qué tipo de títulos valores es aplicable la Ley sobre letra de cambio y pagaré electrónicos?

a)A todos los títulos valores, tanto físicos como electrónicos, para unificar la normativa.
b)Únicamente a los pagarés electrónicos, excluyendo las letras de cambio electrónicas.
c)A los títulos valores emitidos en papel, en caso de que no exista regulación específica.
d)Únicamente a la letra de cambio y al pagaré electrónicos.
40

La empresa "E-Docs S.A." ha emitido una letra de cambio electrónica y su tenedor, Don Pedro, se pregunta sobre su validez y fuerza legal en comparación con una letra de cambio tradicional en papel. ¿Qué principio general de los documentos electrónicos aplicable a la letra de cambio y pagaré electrónicos establece que estos tendrán el mismo valor, eficacia probatoria y carácter ejecutivo que su equivalente en papel?

a)Equivalencia funcional, que les otorga el mismo valor, eficacia probatoria y carácter ejecutivo.
b)Neutralidad tecnológica, que permite cualquier método o tecnología para crear o circular.
c)Inalteración del derecho preexistente, que mantiene las disposiciones anteriores salvo lo expreso.
d)Valor equivalente de la firma, que equipara la firma digital a la autógrafa.
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