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Carlos, María y Pedro desean constituir una sociedad anónima. Al redactar la escritura constitutiva, omiten incluir la nacionalidad de los socios fundadores, requisito exigido por el Código de Comercio. ¿Cuál es la consecuencia jurídica de esta omisión?
a)La escritura constitutiva carecerá de un requisito legalmente exigido.
b)La sociedad no podrá iniciar operaciones comerciales hasta subsanar la omisión.
c)Los socios fundadores asumirán responsabilidad ilimitada por las deudas sociales.
d)La omisión será subsanable mediante una simple declaración jurada posterior.
